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Los países han de cumplir con sus obligaciones climáticas

 

La CIJ ha determinado que incumplir las obligaciones climáticas es "un acto internacionalmente ilícito" que puede dar lugar a "reparaciones" al país perjudicado al tiempo que ha considerado que los tratados sobre cambio climático establecen "obligaciones vinculantes" a los países firmantes de "prevenir daños significativos". 

El tribunal ha emitido este miércoles, por unanimidad, una opinión consultiva solicitada por la Asamblea General de la ONU en marzo de 2023 en la que indica que los estados firmantes de los acuerdos sobre el clima tienen "la obligación de adoptar medidas para contribuir" a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y a la adopción climática.

En la lectura del dictamen, que no es vinculante, el juez presidente, Iwasawa Yuji,  ha advertido de que los tratados sobre cambio climático establecen “obligaciones vinculantes” de “prevenir daños significativos”.


La Corte ha considerado que los países tienen “el deber de prevenir daños significativos” al medioambiente y “deben utilizar todos los medios a su alcance para evitar que actividades dentro de su jurisdicción o bajo su control causen tales daños”. El sistema climático, ha señalado, "debe ser protegido" para las "generaciones presentes y futuras".

Obligados a adoptar medidas

Según ha indicado el juez, los países firmantes de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), lo que incluye a la Unión Europea, Estados Unidos y China, tienen “la obligación de adoptar medidas para contribuir a la reducción” de emisiones de gases de efecto invernadero “de origen humano”, así como a la adaptación.

Para la CIJ, el “incumplimiento” por parte de un Estado de “cualquiera” de sus obligaciones climáticas constituye “un acto internacionalmente ilícito que implica su responsabilidad” y las consecuencias legales de ello pueden incluir “el cese de la acción u omisión ilícita, si continúa en el tiempo”.

Jóvenes se manifiestan frente a la Corte Internacional de Justicia en La Haya antes de la lectura del fallo.

Además, se le pueden exigir “garantías y promesas de no repetición”, así como “la reparación total al Estado afectado, en forma de restitución, compensación o satisfacción”, lo que se estudiaría “caso por caso”, dependiendo de las circunstancias de cada situación.

No obstante, el tribunal ha condicionado esto al cumplimiento de las condiciones generales del derecho internacional sobre la responsabilidad del Estado, lo que requiere una “relación causal clara y directa entre el acto ilícito y el daño causado”.

Derecho a un "medioambiente limpio y sostenible"

La CIJ ha defendido el “derecho humano a un medioambiente limpio, saludable y sostenible” y ha advertido de que este es “inherente al ejercicio de otros derechos fundamentales”, como el derecho a la vida, la salud y un nivel de vida adecuado, incluyendo el acceso al agua, la alimentación y la vivienda.

Imagen del exterior de la Corte Internacional de Justicia en La Haya, Países bajos. EFE/EPA/LINA SELG

Yuji ha señalado que esta Corte, máximo tribunal de la ONU, considera que “un medioambiente limpio, saludable y sostenible es una condición previa para el disfrute de muchos derechos humanos, como el derecho a la vida, a la salud y a un nivel de vida adecuado, incluyendo el acceso al agua, la alimentación y la vivienda”

Además, ha defendido que “este derecho humano es, por tanto, inherente al ejercicio de otros derechos fundamentales” y resulta de “la interdependencia entre los derechos humanos y la protección del medioambiente”.

Consecuencias "graves y de gran alcance"

El juez ha asegurado que las “consecuencias” del cambio climático a nivel global son “graves y de gran alcance” y ha destacado que sus efectos sobre las diferencias poblaciones reflejan “la amenaza urgente y existencial” que representa la crisis climática,  al tiempo que ha alertado de que las emisiones de gases de efecto invernadero son “inequívocamente causadas por actividades humanas, sin límites territoriales”.

“En cuanto al contexto científico, la Corte señaló que las consecuencias del cambio climático son graves y de gran alcance, afectando tanto a los ecosistemas naturales como a las poblaciones humanas. Estas consecuencias reflejan la amenaza urgente y existencial que representa el cambio climático”, ha agregado el juez presidente, Iwasawa Yuji.

Una consulta de la Asamblea de la ONU

La resolución adoptada por la Asamblea en marzo de 2023 pidió a la CIJ contestar a una serie de preguntas basándose en documentos como la Carta de Naciones Unidas, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Acuerdo de París, y los derechos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos.

“¿Cuáles son las obligaciones de los Estados, en virtud del derecho internacional, para garantizar la protección del sistema climático y otras partes del medioambiente frente a las emisiones antropogénicas de gases de efecto invernadero, en beneficio de los Estados y de las generaciones presentes y futuras?”, cuestionó la Asamblea.

Además, preguntó sobre “las consecuencias legales” para los Estados que no cumplen con esas obligaciones.

Uno de los temas legales clave que se espera que aclare la CIJ es la relación entre cambio climático y derechos humanos, como el derecho a la vida, salud, alimentación o vivienda, así como la responsabilidad histórica de los grandes emisores de gases de efecto invernadero.

El pasado diciembre, durante una semana de audiencias, un centenar de países y organizaciones internacionales presentó sus argumentos ante la Corte en este sentido.

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