Escuchar Nueva ley antitabaco: qué cambia y a quién afecta La reforma equipara los cigarrillos electrónicos al tabaco convencional, amplía los espacios libres de humo y prohíbe el consumo a los menores. El texto aún debe superar el trámite parlamentario
Nueva ley antitabaco: qué cambia y a quién afecta

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⏳ ¿Cuándo entrará en vigor la nueva ley antitabaco?
La nueva ley antitabaco ya ha sido aprobada como anteproyecto por el Consejo de Ministros, pero debe superar todo el proceso parlamentario, que puede durar varios meses. Durante ese tiempo, los partidos podrán presentar enmiendas y alegaciones. Al finalizar este proceso, Sanidad revisará el texto y decidirá si se incorporan cambios.
Una vez cerrado el texto definitivo, tendrá que volver al Consejo de Ministros para su aprobación formal y, luego, será enviado al Congreso y al Senado para su votación. Solo cuando sea aprobado por ambas cámaras y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la ley entrará en vigor.
🚬 ¿A qué productos afecta?
La nueva normativa equipara la regulación del tabaco convencional con la de nuevos productos, estableciendo las mismas restricciones para todos ellos. En concreto, se incluyen:
- Cigarrillos electrónicos (vapeadores), con o sin nicotina, así como todos sus componentes: cartuchos, depósitos y dispositivos.
- Bolsitas de nicotina para uso oral, elaboradas total o parcialmente con nicotina natural o sintética, en formato de sobres, polvo o comprimidos.
- Productos herbales destinados a fumar, vaporizar o inhalar, como las shishas o mezclas vegetales sin tabaco.
- Dispositivos de calentamiento, tanto los que utilizan tabaco como otros preparados similares.
🚫 ¿Se prohíben los vapeadores desechables?
Sí, la nueva ley prohíbe la comercialización de vapeadores de un solo uso, en línea con las recomendaciones medioambientales y sanitarias. Esta medida busca reducir el consumo entre jóvenes y minimizar el impacto ecológico de estos productos.

🚭 ¿Dónde no se puede fumar con la nueva ley antitabaco?
La reforma amplía de forma significa los espacios libres de humo, incorporando nuevos entornos de uso colectivo —tanto interiores como al aire libre— en línea con las recomendaciones de la Comisión Europea.
Estará prohibido fumar en:
- Terrazas de bares y restaurantes.
- Recintos y asientos de espectáculos públicos al aire libre, como conciertos.
- Instalaciones deportivas.
- Parques infantiles, zonas culturales y educativas.
- Exteriores de centros sanitarios, educativos, universitarios y sociales.
- Estaciones y vehículos de transporte con conductor (VTC y taxis).
Además, se refuerza la obligación de los responsables de estos espacios de instalar señalización clara y visible que advierta sobre las restricciones, conforme a lo que se establezca de forma reglamentaria. Estas prohibiciones se aplicarán no solo al tabaco convencional, sino también a cigarrillos electrónicos, productos de tabaco calentado y bolsitas de nicotina, que quedan equiparados legalmente en cuanto a su uso en espacios públicos.
🙍 ¿Qué medidas afectan a los menores?
Por primera vez, la ley prohíbe explícitamente el consumo de tabaco y productos relacionados por parte de menores de edad, como ya ocurre con el alcohol. Hasta ahora, la normativa solo regulaba la venta. Si un menor es sorprendido fumando o vapeando, la responsabilidad recaerá de manera subsidiaria en sus padres o tutores legales.
📰 ¿Qué ocurre con la publicidad y el patrocinio?
La ley endurece las restricciones. Queda prohibida cualquier forma de publicidad, promoción o patrocinio de tabaco y productos relacionados, tanto directa como indirecta. Esto incluye medios impresos, televisión, radio, plataformas digitales, redes sociales y acciones comerciales como descuentos o reparto de muestras.
La prohibición se extiende también al equipamiento, mobiliario e instalaciones de uso público o colectivo. Espacios como bares, discotecas, terrazas, festivales o recintos deportivos no podrán exhibir rótulos, carteles, logotipos ni imágenes que hagan referencia a marcas de tabaco o productos relacionados.
Asimismo, queda vetado el patrocinio de actividades, eventos o contenidos por parte de empresas del sector, así como la presencia de sus marcas en publicaciones, festivales y actividades culturales o deportivas, tanto en formato presencial como digital.
⚖️ ¿Cuáles serán las multas?
La reforma introduce un nuevo régimen sancionador para quienes incumplan las restricciones. Las multas podrán alcanzar hasta 600.000 euros, según ha señalado la ministra de Sanidad, Mónica García. En el caso de los menores que infrinjan la prohibición de fumar o vapear, la infracción se considerará leve, y sus padres o tutores deberán asumir sanciones económicas de entre 100 y 600 euros.
No obstante, se establece un periodo transitorio de 12 meses para que los fabricantes adapten sus productos al nuevo marco legal y agoten las existencias de cigarrillos electrónicos de un solo uso.
✖️ ¿Habrá empaquetado neutro y subida de impuestos al tabaco?

Aunque no figura en el texto inicial, el Ministerio de Sanidad ha dejado abierta la posibilidad de incorporar el empaquetado neutro durante la fase de tramitación parlamentaria. Este tipo de empaquetado —también conocido como genérico— elimina logos, colores, imágenes y diseños que puedan hacer atractiva la cajetilla de tabaco, dejando tan solo la marca impresa en tipografía uniforme. La medida está recomendada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y ya ha sido adoptada en más de 40 países.
Por otro lado, la subida de impuestos al tabaco, considerada por expertos en salud pública como una herramienta eficaz para reducir el consumo, no ha sido incluida en esta reforma. No obstante, podría abordarse en futuras reformas fiscales, fuera del ámbito de este anteproyecto de ley.
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