martes, 23 de agosto de 2011

Pide un referéndum para ratificar la reforma de la Constitución

Acción promovida por Vicenç Navarro


Congreso

Una décima parte de los Diputados o de los Senadores puede solicitar un referéndum vinculante sobre el establecimiento de un límite al déficit público

El Presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, ha hecho un anuncio inesperado este martes en el pleno extraordinario: reformar la Constitución para introducir un límite al déficit público.
El límite al déficit no es algo abstracto: es lo que va a determinar que tengas o no acceso a la educación o a la sanidad, entre otras muchas cosas. Limitar el déficit es limitar la inversión en la sociedad. Con esto, el Gobierno podrá dejar a personas como tú en la cuneta. Pero podemos detener esta iniciativa.
La Constitución no exige que esta modificación sea aprobada por referéndum vinculante. Para que los ciudadanos seamos consultados sobre esta cuestión fundamental que va a afectar al resto de nuestras vidas es necesario que una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras lo solicite tras su aprobación en el Congreso y el Senado.
Los ciudadanos debemos poder votar en un asunto tan fundamental como este. Pide a los Diputados y Senadores de todos los grupos políticos que se comprometan a solicitar la celebración del referéndum para su ratificación como permite la Constitución en su artículo 167.3.

AL FIRMAR LA PETICIÓN ESTARÁS ENVIANDO ESTA CARTA

DESTINATARIO: TODOS LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS DEL CONGRESO Y DEL SENADO

Señorías,
El Presidente ha anunciado su intención de promover la reforma constitucional para incluir un límite al déficit público.
Se trata de una modificación que de acuerdo con la Constitución Española no exige necesariamente la celebración de un referéndum vinculante.
Este asunto es de tal importancia y va a ser tan determinante para nuestro futuro que le pido que si esta modificación es finalmente aprobada por las cámaras, su grupo parlamentario se comprometa a solicitar que esta reforma sea sometida a referéndum para su ratificación tal y como recoge el artículo 167.3 de la Constitución Española.
Atentamente,

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