No, no se trata de una película de miedo o intriga, aunque lo parezca. Se trata de las trampas o incumplimientos del reglamentos de Asambleas que detecté en la última Asamblea del PSOE de Cádiz, lunes, 20 de junio.
Primera trampa: El Artículo 31. Asuntos a debatir (del Reglamento de Asambleas (disponible aquí)
1. El debate no podrá comenzar sin el depósito previo, al menos 24 horas antes de la hora de convocatoria de la Asamblea, de la documentación que deberá servir de debate, salvo acuerdo en contra del Órgano Ejecutivo debidamente justificado.
Habiendo comenzado ya la Asamblea y estando el Secretario General interviniendo (Punto 4. Informe Político del Sec. Gral. – Elecciones Municipales 2011) se entregó a los asistentes el referido informe. Evidentemente no estaba 24 horas antes de la convocatoria de la Asamblea.
Segunda trampa: Artículo 11. Funciones del Vicepresidente o Vicepresidenta.
El Vicepresidente/a tiene como misión anotar las peticiones de palabra para que el Presidente/a las conceda en el orden riguroso de petición
"El orden riguroso de petición" no fue observado. Fue modificado constantemente para en a una intervención crítica con el informe del Secretario General fuese seguido por intervenciones favorables de miembros de la Comisión Ejecutiva Local; intervenciones improcedentes, como veremos a continuación.
Tercera trampa: Artículo 38. Intervención de la Comisión Ejecutiva Municipal o de Distrito.
Los miembros de la Comisión Ejecutiva podrán hacer uso de la palabra siempre que lo soliciten, sin perjuicio de las facultades de ordenación de los debates que posee el Presidente/a de la Asamblea.
Las intervenciones de los miembros de la Comisión Ejecutiva podrán ir destinadas tanto a facilitar información, a aclarar conceptos o expresar su posición. Igualmente de asistir a la Asamblea algún miembro de cualquier órgano de dirección del Partido podrá intervenir en el mismo sentido.
Por el contrario, las intervenciones de los miembros de la Comisión Ejecutiva Municipal estuvieron dirigidas a criticar con acritud, cuando no insultar y ofender, a compañeros del Partido, unos presentes y otros ausentes.
Cuarta trampa: El Secretario Local contó con un turno de intervención con una duración de más de cuarenta para el punto 4 del orden del día 4. Informe Político del Sec. Gral. – Elecciones Municipales 2011 y otro turno de réplica de otros tantos minutos los afiliados asistentes hubieron de limitar ineludiblemente su intervención a cuatro minutos. Y la mayor parte del tiempo la consumió en criticar a compañeros por, según él, tener prácticas que él también las tuvo en otros tiempos y las sigue teniendo ahora.
Hizo declaraciones a los medios de comunicación antes de la asamblea para defenderse y predisponer y orientar la opinión pública y la de los afiliados socialistas e hizo declaraciones a los medios de comunicación después de haber tenido lugar la asamblea para dar una visiíon sesgada y parcial, a su favor, del desarrollo de la Asamblea.
También él antes de la asamblea tuvo una reunión con cargos institucionales (Concejales, Delegados de la Junta, Parlamentaria ) y efectivamente éstos intervinieron en la asamblea a defender la gestión.
Los derechos de expresión, de participación, de reunión son derechos humanos y civiles protegidos constitucionalmente. Y por pertenecer a una Organización política esos derechos no pueden sufrir menoscabo alguno. Pertenecer al PSOE, por contrario, te avala y te empuja a ejercer esos derechos y a procurar que todos puedan ejercerlos con libertad.
La trampa está en que unos los puedan ejercer y que a otros se les niegue.
Primera trampa: El Artículo 31. Asuntos a debatir (del Reglamento de Asambleas (disponible aquí)
1. El debate no podrá comenzar sin el depósito previo, al menos 24 horas antes de la hora de convocatoria de la Asamblea, de la documentación que deberá servir de debate, salvo acuerdo en contra del Órgano Ejecutivo debidamente justificado.
Habiendo comenzado ya la Asamblea y estando el Secretario General interviniendo (Punto 4. Informe Político del Sec. Gral. – Elecciones Municipales 2011) se entregó a los asistentes el referido informe. Evidentemente no estaba 24 horas antes de la convocatoria de la Asamblea.
Segunda trampa: Artículo 11. Funciones del Vicepresidente o Vicepresidenta.
El Vicepresidente/a tiene como misión anotar las peticiones de palabra para que el Presidente/a las conceda en el orden riguroso de petición
"El orden riguroso de petición" no fue observado. Fue modificado constantemente para en a una intervención crítica con el informe del Secretario General fuese seguido por intervenciones favorables de miembros de la Comisión Ejecutiva Local; intervenciones improcedentes, como veremos a continuación.
Tercera trampa: Artículo 38. Intervención de la Comisión Ejecutiva Municipal o de Distrito.
Los miembros de la Comisión Ejecutiva podrán hacer uso de la palabra siempre que lo soliciten, sin perjuicio de las facultades de ordenación de los debates que posee el Presidente/a de la Asamblea.
Las intervenciones de los miembros de la Comisión Ejecutiva podrán ir destinadas tanto a facilitar información, a aclarar conceptos o expresar su posición. Igualmente de asistir a la Asamblea algún miembro de cualquier órgano de dirección del Partido podrá intervenir en el mismo sentido.
Por el contrario, las intervenciones de los miembros de la Comisión Ejecutiva Municipal estuvieron dirigidas a criticar con acritud, cuando no insultar y ofender, a compañeros del Partido, unos presentes y otros ausentes.
Cuarta trampa: El Secretario Local contó con un turno de intervención con una duración de más de cuarenta para el punto 4 del orden del día 4. Informe Político del Sec. Gral. – Elecciones Municipales 2011 y otro turno de réplica de otros tantos minutos los afiliados asistentes hubieron de limitar ineludiblemente su intervención a cuatro minutos. Y la mayor parte del tiempo la consumió en criticar a compañeros por, según él, tener prácticas que él también las tuvo en otros tiempos y las sigue teniendo ahora.
Hizo declaraciones a los medios de comunicación antes de la asamblea para defenderse y predisponer y orientar la opinión pública y la de los afiliados socialistas e hizo declaraciones a los medios de comunicación después de haber tenido lugar la asamblea para dar una visiíon sesgada y parcial, a su favor, del desarrollo de la Asamblea.
También él antes de la asamblea tuvo una reunión con cargos institucionales (Concejales, Delegados de la Junta, Parlamentaria ) y efectivamente éstos intervinieron en la asamblea a defender la gestión.
Los derechos de expresión, de participación, de reunión son derechos humanos y civiles protegidos constitucionalmente. Y por pertenecer a una Organización política esos derechos no pueden sufrir menoscabo alguno. Pertenecer al PSOE, por contrario, te avala y te empuja a ejercer esos derechos y a procurar que todos puedan ejercerlos con libertad.
La trampa está en que unos los puedan ejercer y que a otros se les niegue.
No hay comentarios:
Publicar un comentario