martes, 10 de agosto de 2010

Primer embargo a un alcalde por las deudas del ayuntamiento

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía acaba de dictar un auto de embargo contra los bienes personales del alcalde de Castilleja de Guzmán al no pagar en tiempo y forma a los proveedores del ayuntamiento. Esta sentencia es pionera y en caso de no prosperar el recurso que ha interpuesto la alcaldía, sentará un precedente judicial muy importante para la esfera de gestión política de los ayuntamientos y resto de entes públicos.

La ley reguladora del procedimiento contencioso-administrativo contempla el caso de responsabilidad de los funcionarios o políticos que no acaten una ejecución de sentencia de pago como es el caso. Esta modificación, introducida en la ley antimorosidad, puede generar que los ayuntamientos comiencen a gastar lo que realmente pueden y más importante aún, que comiencen a pagar su deudas en tiempo y forma.

Actualmente, los ayuntamientos tienen un volumen de deuda superior a los 36.000 millones de euros y en la mayoría de los casos, no existen unos planes de pago coherentes ni unos presupuestos anuales creibles que se encaminen a la reducción de deuda acumulada. Como contrapartida, Seguridad Social, Hacienda y sobre todo, un ejército de empresas locales, cuentan como acreedores de estos entes, supeditados a la voluntad de pago del político de turno cuando él estime oportuno y conveniente.

Es muy complicado hacer cosas o mejorar ciudades sin dinero, pero es peor hacer todo lo que se les antoja dejando pufos por doquier y sin pagarle a casi nadie. Por estos motivos, me parece una excelente noticia que los juzgados tomen cartas en el asunto y obliguen a alcaldes, concejales y secretarios a actuar con coherencia y como buenos gestores de sus consistorios. Ahora el problema siguiente lo tenemos en encontrar a esos gestores que sean capaces de dirigir sus ayuntamientos de una manera racional y coherente.

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