miércoles, 13 de mayo de 2026

Proyecto de Ley de gestión pública e integridad del Sistema Nacional de Salud.

 Proyecto de Ley de gestión pública e integridad del Sistema Nacional de Salud.

 

  • Consagra como pilar fundamental del SNS la gestión directa realizada a través de las Administraciones, las entidades del sector público o los consorcios.
  • La gestión indirecta de servicios sanitarios pasa a tener un carácter excepcional. Para recurrir a ella, las Administraciones deberán motivar objetivamente que no es posible la prestación directa y acreditar que la fórmula elegida es sostenible y eficiente.
  • Entre los mecanismos de control destacan la evaluación previa obligatoria, el informe de la Oficina Nacional de Evaluación (ONE) y la preferencia por el sector social.
  • Introduce medidas de buen gobierno, exigiendo la publicación anual de indicadores de resultados en salud para todos los centros, independientemente de su modelo de gestión. Además, la Alta Inspección del Ministerio de Sanidad asesorará técnicamente a las Administraciones que deseen recuperar servicios para la gestión pública directa.
  • El Ministerio de Sanidad elaborará, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la Ley, un informe de evaluación sobre las distintas experiencias de gestión desarrolladas en España desde 1997.
  • Incluye un régimen transitorio para garantizar la seguridad jurídica: los contratos y concesiones que ya estén en ejecución o iniciados se seguirán rigiendo por la normativa anterior hasta su vencimiento.
  • Deroga la Ley 15/1997, eliminando las vías que permitieron la entrada generalizada de la gestión privada en la sanidad pública.

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