martes, 28 de mayo de 2013

Principios para la reforma de la Ley de Partidos

flechaPrincipios para la reforma de la Ley de Partidos
Tras 35 años de democracia y 5 de una dura crisis económica, con más de seis millones de desempleados y un alarmante nivel de corrupción, asistimos a una verdadera crisis que afecta sin distinción a la gran mayoría de las instituciones políticas, territoriales, económicas y sociales, hasta el punto de ponerse en cuestión, no solo la Constitución que ha servido como base de nuestra convivencia, sino la capacidad del propio sistema para asegurar el progreso y el bienestar de la ciudadanía.
La actual desafección ciudadana respecto de los políticos y de la política debe encontrar una solución democrática a través de reformas profundas. Es necesario abrir una nueva etapa con nuevos instrumentos para hacer que los partidos puedan seguir realizando su papel como servicio público que garantiza el derecho de participación política a toda la ciudadanía.
Por tanto, sigue teniendo total vigencia el artículo 6 de la Constitución Española, cuando declara que los partidos políticos “expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política” y establece que “su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley”. Sin embargo, este articulado debe desarrollarse, actualizarse y aplicarse plenamente especialmente en lo que se refiere al desarrollo de la parte final de dicho artículo, en la que se estipula, en relación a los partidos, que “su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.”
No hay progreso sin reformas, y creemos que el funcionamiento de los partidos y el sistema político es demasiado serio e importante para dejarlo sólo en manos de sus dirigentes. Se debe acomodar el funcionamiento del sistema a una ciudadanía que exige oportunidades de participación, de expresión, de elección y representación (reconocidas explícitamente en el artículo 23 de la constitución) sin las cuales la democracia se reduce a un mero formalismo, poniéndose en peligro su propia legitimidad.
Por ello, nuestro compromiso es promover una nueva ley de partidos que responda a la voluntad de quienes dentro o fuera de los partidos políticos exigimos más y mejor democracia. Una ley de partidos que garantice un funcionamiento plenamente democrático tanto para quienes se afilian, como para sus simpatizantes y electores, dotándoles con la capacidad de elección directa de cargos orgánicos y candidaturas electorales, creando vías de participación ciudadana en la definición de objetivos y propuestas, y asegurando la mayor transparencia de las organizaciones políticas en todas sus actividades.
La política necesaria para salir de la crisis económica, política e institucional, requiere unos partidos que actúen con transparencia y principios democráticos firmes. Para ello deben cambiar la manera en que funcionan, eligen a sus dirigentes, elaboran sus políticas y rinden cuentas a la ciudadanía. Este cambio debe abordarse cuanto antes.
Pedimos una nueva ley de partidos para un nuevo tiempo de democracia, que debe contemplar algunos criterios básicos:
  1. Reconocimiento de la pluralidad y tradición. Los partidos articulan la libre expresión de las preferencias ciudadanas. Su pluralidad, historia y tradición son un valioso patrimonio colectivo, siempre que promuevan valores democráticos y constitucionales.
  2. Apertura. Los partidos son cauces privilegiados para la participación política. La afiliación a los mismos debe estar contemplada como un derecho individual inalienable, con los únicos límites de aceptación del ideario del partido y estar en plena posesión de los derechos políticos. Los Partidos deben incorporar de forma activa, estructuras y tecnologías que promuevan y faciliten la participación de sus afiliados, simpatizantes y electores.
  3. Transparencia. La actividad interna de los partidos debe estar sometida al principio de  publicidad y su financiación pública y privada, a los más estrictos controles de legalidad, límites de gastos electorales, buenas prácticas y rendición de cuentas, en el marco de un ley de financiación que posibilite una rigurosa inspección independiente y que haga penalmente responsables a los órganos directivos de los partidos.
  4. Funcionamiento interno democrático. La celebración de congresos y la convocatoria de elecciones para órganos de dirección debe responder a procesos regulares en los que participen de forma directa todos los afiliados, algo que hoy permite el uso de las tecnologías de la información, y que debe ser completado con un riguroso respeto a criterios de paridad, así como la selección de los candidatos a todos los cargos electos, que debe realizase además, mediante procedimientos de primaras abiertas, con participación de simpatizantes y electores que voluntariamente lo deseen. Las formaciones políticas deben desarrollar una amplia cultura de rendición de cuentas y así como códigos éticos supervisados por expertos independientes.
  5. Responsabilidad. Las propuestas electorales de los partidos deben constituir un compromiso vinculante con los ciudadanos y electores, tanto desde el gobierno como desde la oposición. Su modificación por consideraciones de oportunidad debe conllevar la asunción de responsabilidades políticas. Los comportamientos partidarios que atenten contra los principios establecidos en la ley y que afecten a derechos fundamentales deben ser recurribles ante los tribunales ordinarios.

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