Imagen: Diario Público
Dos son los bulos omnipresentes en el debate del sistema electoral implantado en España. Se los hemos escuchado a cualquier amigo cuando se habla del tema, los han difundido en la radio, en las infames tertulias “políticas” de la televisión y en la prensa. Los políticos integrantes del bipartito los repiten cuando ven la oportunidad y, como consecuencia, la leyenda urbana se ha extendido para perpetuar el método D´Hondt aún a día de hoy.
Uno de estos bulos tuvimos que volver a leerlo en un texto de Público del 12 de Octubre: “Dos millones de ciudadanos quedan fuera del congreso”, titulaba el diario. A pesar de que el artículo es correcto y aporta datos escandalosos para una democracia que se dice moderna, como que 2.069.642 de los votos recogidos en las últimas elecciones generales fueron a parar directamente a la basura, Público vuelve a difundir falacias al incluir el siguiente párrafo sin desmentirlo: “(…) Los dos grandes y los dos nacionalistas destacan que para voltear la arquitectura electoral se requiere “consenso”, y no lo había. Todos reprochan especialmente a IU que abomine de una ley que “en 1979 [con el PCE] le dio 23 diputados y en 1996, 21 (…)”.
En efecto, el primer bulo es que IU se queja ahora de la perversión de contar con casi 1 millón de votos y sólo dos escaños en el Congreso pero no lo hizo en 1979 y 1996 cuando recibió 23 y 21 diputados respectivamente. Dicho así, lo que se insinúa es que IU fue por aquel entonces beneficiada por la ley D´Hondt cuando la realidad es que siempre ha sido perjudicada, en todos y cada uno de los procesos electorales que han tenido lugar desde 1977. Sólo necesitamos de una calculadora y una sencilla cuenta para comprobarlo. En las elecciones de 1979 el PCE obtuvo 1.938.487 y 23 escaños, pero en realidad le correspondían al menos 37 escaños, que fue el resultado proporcional del porcentaje de voto obtenido en esa fecha por dicho partido político, el 10.77% y su equivalencia de los 350 escaños totales (1). En las elecciones generales de 1996, IU obtuvo 21 escaños de los 350 totales. En esta ocasión le correspondían 36, con lo que esa legislatura perdió 15 respecto a lo que hubiese obtenido con un sistema proporcional. Tampoco es cierto que se requiera “consenso” para cambiar la LOREG (Ley Orgánica del Régimen Electoral General de 1985) (2). Basta con una mayoría absoluta pero, sobre todo, es necesaria una voluntad política y una honestidad de la que carecen los integrantes del PP, PSOE, CIU y PNV, quienes nunca han dejado de esgrimir falsas excusas para esconder su desvergüenza partidista.
El otro bulo más repetido es que el actual sistema electoral beneficia a los partidos nacionalistas. La calculadora vuelve a demostrar que tal afirmación no es del todo cierta. Los partidos nacionalistas suelen conseguir una cantidad de escaños proporcional a sus votos o muy cercana a lo que les corresponde, escaño arriba o escaño abajo. Y digo que no es del todo cierta porque el sistema sí les beneficia indirectamente, al regalarles un protagonismo que no les correspondería si la tercera fuerza política contase con una representación proporcional a sus votantes. Los partidos nacionalistas juegan un papel que se ha demostrado decisivo en las políticas aplicadas en España en las últimas legislaturas, otorgando mayorías absolutas al PP o al PSOE y usurpando a IU la llave de la gobernabilidad. Dicho sea de paso, aprovechan ese papel, como todos sabemos, para ganar competencias en sus correspondientes comunidades autónomas.
Los beneficiados por la Ley D´Hondt no son otros que sus más firmes defensores, PP y PSOE, quienes siempre obtienen más escaños de los que les corresponderían según su número de votantes. En España, además, se establecen dos diputados como mínimo de escaños por circunscripción provincial. El PP ha engordado históricamente más que ningún otro gracias a esta sobrerrepresentación, obteniendo un mayor número de diputados que el resto. El método D´Hondt le otorgó, por ejemplo, el 38,79% de los votos en 1996 pero el 44,57% de los escaños de la cámara (37,63% y 40,28% para el PSOE en esas elecciones). En las elecciones generales del 2000, 44,52% de los votos para el PP y 52,28% de la representación (34,16% / 35,71% para el PSOE). 42,59% de votos pero 46,85% de representación para el PSOE en 2004 y 37,71% / 42,28% para el PP. En las últimas elecciones, las de 2008, al PSOE le correspondieron 169 escaños con el 43,87% de los votos, aunque ese porcentaje es proporcional a 153 escaños. Al PP se le otorgaron 154 diputados con un 39,94% lo que equivale en realidad a 139 escaños.
Con un sistema electoral en el que todos los votos contasen exactamente con el mismo valor y ninguno pudiese ser desechado, el umbral de la mayoría absoluta se situaría en el 50%, porcentaje que ninguno de los dos partidos mayoritarios ha alcanzado nunca desde el comienzo de la democracia representativa. Con un sistema proporcional, el PSOE sólo habría alcanzado la mayoría absoluta pactando con IU en casi todos los procesos electorales. En 1996, primera legislatura en la que gobernó el PP, la suma de los votos de PSOE e IU alcanzaba el 48,17% del total, con lo cual, la alianza con algunos de los demás partidos de izquierda habría supuesto una mayoría absoluta progresista. En realidad, el PP tendría realmente complicado gobernar de existir un sistema electoral proporcional puro, además, la aprobación de la mayor parte de las leyes que impulsó el PSOE habría necesitado de la colaboración de IU, por lo que, presumiblemente, las reformas ultraliberales habrían caído en saco roto o necesitado de la descarada colaboración de los dos partidos más votados.
En definitiva, cuando la estabilidad debiera venir de un tercer partido de ámbito nacional o de la alianza con otros partidos minoritarios, la realidad es que son los partidos nacionalistas de derecha los que han ido perfilando las decisiones políticas de las últimas décadas. No es de extrañar, pues, que el exclusivo club PP-PSOE-CIU-PNV haya dado portazo a las diversas propuestas presentadas para una ley más justa y proporcional, por muy razonables que pudiesen resultar. Así ocurrió con la iniciativa del Grupo de Investigación en Métodos Electorales (GIME) de la Universidad de Granada dirigido por el catedrático y matemático Victoriano Ramírez, presentada en 2009.
En casi todos los medios de comunicación, una discusión seria sobre la reforma del sistema electoral es tabú. La ley D´Hondt es halagada por doquier casi tanto como lo es la inmaculada transición. Juntas fueron concebidas y juntas se criaron y desarrollaron. Sólo Público, un periódico aún minoritario, además de muchos medios alternativos, siguen discutiendo y criticando su esencia antidemocrática.
Otros diarios, como El País, nada publican estos días siquiera de los cambios en la ley que parchean aspectos que resultan irrelevantes si se comparan con la necesaria proporcionalidad. En lugar de ello, El País se sirve una vez más de su doble vara de medir y mientras silencia el debate sobre el sistema electoral español, la emprende contra el venezolano; El 28 de Septiembre El País acribilló la ley electoral que se aplica a las elecciones legislativas en Venezuela con cuatro titulares: “Chávez se atraganta con su ley electoral”, “Menos Chávez”, “La oposición frena a Hugo Chávez”, “Un sistema electoral diseñado a medida salva al líder bolivariano”; y poco después uno más a cargo de su mercenario ultra, Vargas Llosa, titulado “La derrota de Chávez” (03/10/10), pese a que el PSUV venció tanto en votos como en escaños. En estas noticias pueden leerse ataques rabiosos a la ley D´Hondt, que es la que se aplicó en las legislativas venezolanas de finales de Septiembre (3): “(…) grotesca manipulación del voto popular amañada preventivamente por el chavismo (…) disparatada desproporción (…) ley electoral cocinada el año pasado para blindarse en el poder (…) un traje a medida, un chaleco antibalas para el poder de Chávez (…)”. Cuesta imaginar tales juicios de valor aplicados al sistema español, aunque venga a ser el mismo.
(1) 350 escaños X 0,1077% votos= 37,695. Y aún le correspondieron algo más de 37 escaños en proporción a sus votantes, pues los votos nulos y en blanco no computan.
(2) Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG), de 1985. http://www.boe.es/aeboe/consultas/b…
(3) Recordemos que la aprobación de la mayor parte de las leyes en Venezuela necesita de 2/3 o 3/5 de la cámara.
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