"El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha impuesto a la alcaldesa de Arcos, Josefa Caro (PSOE), una multa de 160 euros, a pagar de su propio bolsillo, por los atrasos de una deuda que el Ayuntamiento mantiene pendiente con la empresa Imesapi desde el año 2002..... Y no se queda ahí la cosa, el TSJA dice claramente en este auto que si el Consistorio arcense no liquida la cantidad debida, en el plazo de 20 días, procederá a aplicarle a la propia alcaldesa "las correspondientes multas coercitivas, en cuantía máxima de 1.502,53 euros", que deberá hacer efectivas, otra vez, de su propio peculio. E incluso le recuerda que se procederá a "deducir testimonio por un posible delito de desobediencia" si no zanja la cantidad de 4.568, 26 euros.", informa el Diario de Cádiz.
Traigo aquí esta información no por el hecho de la sanción sino porque un cargo institucional es condenado, en este caso condenada, a pagar de su propio bolsillo, con sus propios recursos.
Creo recordar que ésta no es la primera sentencia del TSJA en esta dirección. Y si esta práctica judicial se extendiese y generalizase la gestión de quienes ocupan cargos de responsabilidad institucional será más rigurosa, más correcta, más cuidada. No es permisible que un Alcalde o Alcaldesa deje a una población en la ruina económica y se vaya de rositas a su casa después de perder las elecciones. El marrón se lo ha de tragar el siguiente y sin posibilidades de ofrecer soluciones a pesar de que desarrrolle su mejor voluntad.
Añada la información: "Fuentes del Ayuntamiento dijeron ayer que la alcaldesa arcense ya ha ejecutado el pago de los 160 euros de su bolsillo, que le requiere el TSJA, en cuyo escrito aparece el número de cuenta al que debe abonar la cantidad. Además, Josefa Caro explicó que se trata de una deuda heredada de la época en la que gobernó el Partido Popular el municipio de Arcos, con Juan Manuel Armario (PP) a la cabeza. El Consistorio insiste en que se ha encontrado este problema, como otras deudas de los gobiernos populares anteriores, y que acatará este auto, contra el que se puede interponer un recurso de súplica en el plazo de cinco días desde la notificación...."
La información completa en Diario de Cádiz
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