Sigo poniendo en este blog y difundiendo en las redes sociales los artículos que sobre la declaración de Cádiz como Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO publiqué en 1997. Con éste pretendía responder a una cuestión que se planteaba y que ahora hemos de plantearnos de nuevo: ¿qué ventajas y qué inconvenientes trae esa declaración para la ciudad? Y tú... ¿qué opinas?
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¡Cádiz, Patrimonio de la Humanidad!
PREGUNTAS Y
RESPUESTAS. (4)
GREGORIO LÓPEZ
MARTÍNEZ.
Unas
de las cuestiones que más frecuentemente se suscitan en las conversaciones que
se mantienen sobre la conveniencia o no de solicitar de la UNESCO la
declaración de Cádiz como Patrimonio de la Humanidad es si esta declaración
podría suponer una dificultad o impedir el desarrollo económico de la ciudad ya
que, se argumenta, al ser mayor la exigencia de protección y de conservación
del casco histórico de la ciudad habría más impedimentos para ciertas
actuaciones urbanísticas y de otro tipo.
La
cuestión puede ser abordada desde diversos puntos de vista y en esta sección se
procurará ir
aportando algunas de las múltiples respuestas que tiene esa
pregunta.
En
primer lugar, se ha de aclarar que la declaración por la UNESCO de un bien
cultural o un bien natural como "Patrimonio de la Humanidad"
viene a suponer - ni más ni menos - el reconocimiento del "valor
universal excepcional" que ese bien
tiene según las condiciones de autenticidad e integridad que la misma UNESCO
establece. Con esa declaración ese bien cultural o natural entra a formar
parte de los bienes inestimables e irremplazables no sólo de cada nación sino
de la humanidad entera, y, por tanto, "la pérdida por
deterioro o desaparición de estos bienes especialmente preciosos constituye un
empobrecimiento del patrimonio de todos los pueblos del mundo.
Estrictamente
considerada, pues, la declaración por la UNESCO de un bien natural o de un bien
cultural como Patrimonio de la Humanidad no es una figura más ni legal ni
técnica de protección o conservación de
ese bien, sino sólo un reconocimiento de su valor universal excepcional. La UNESCO antes de proceder a la declaración
requiere del Estado que la solicita las normas jurídicas, las medidas concretas
que ha establecido previamente para la conservación y protección del bien cuya
declaración se solicita así como que la población esté sensibilizada sobre la parte
de responsabilidad que comparte con el Estado miembro en cuanto a la
conservación.
Pero,
aunque la declaración por la UNESCO de un bien cultural o de un bien natural
como Patrimonio de la Humanidad no sea ninguna medida encaminada directa e
inmediatamente a la protección o la conservación de es bien cultura o natural,
viene, por su parte, a reforzar las medidas de protección y conservación
previamente adoptadas; a vigilar y controlar su cumplimiento y a colaborar y a
ayudar en las medidas técnicas concretas que sea preciso adoptar para que el
ese bien declarado Patrimonio de la Humanidad conserve las cualidades y
condiciones que lo han convertido en un bien de "valor universal
excepcional".
En
relación, pues, a la pregunta planteada al principio sobre si la declaración por la UNESCO de un
bien, de la ciudad de Cádiz como Patrimonio de la Humanidad puede impedir o dificultar su desarrollo
económico podemos ya extraer la primera conclusión de que, en todo
caso, esa declaración no sólo no lo impedirá, sino que contribuirá y ayudará al
desarrollo económico de la ciudad
al
exigir y contribuir y ayudar a adoptar y ejecutar cuantas medidas son
necesarias para la protección, conservación y puesta en valor de bien declarado
Patrimonio de la Humanidad, de la ciudad de Cádiz.
No me
parece, por otra parte, que sea un atrevimiento o un error afirmar que ya el
emprender los trabajos para presentar la solicitud de declaración ante la
UNESCO, las actividades que relacionados y constitutivas de ese proceso se
realicen... es una "puesta en valor" de la ciudad y
puede empezar ya a ser un centro de atracción, de visita, de estancia, de
conocimiento... y que todo ello de alguna forma puede contribuir a su
desarrollo económico, a la emergencia de nuevas actividades, a la creación de
nuevos empleos...
Cádiz
a 23 de julio de 1997
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