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Día Internacional del Derecho a Saber.

Hoy, 28 de septiembre, se celebra en todo el mundo el Día Internacional del Derecho a Saber. Desde hace 16 años, esta jornada sirve para recordar que el derecho a acceder a la información de las administraciones públicas es esencial para facilitar la rendición de cuentas y la participación ciudadana. En España, el Derecho a Saber fue reconocido en 2013, aunque no como un derecho fundamental, como siempre hemos reclamado.


La celebración del Día Internacional del Derecho a Saber es una iniciativa reconocida por las Naciones Unidas en la que se reclama el derecho a acceder a la información de las administraciones públicas como vía esencial para facilitar la participación ciudadana y garantizar la rendición de cuentas.
El Día Internacional del Derecho a Saber (28 de septiembre) es una buena ocasión para recordar que la cultura de la transparencia avanza si la ciudadanía ejerce su derecho. Todos podemos solicitar información a las administraciones públicas.




El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, Autoridad independiente de control en la materia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, vela por el cumplimiento de la Ley de Transparencia de Andalucía  en la que se reconocen unos derechos, cuyo ejercicio es el medio mas efectivo para avanzar en la cultura de la transparencia. Algunos de estos derechos son:

  • Derecho a la publicidad activa. Consiste en el derecho de cualquier persona a que los poderes públicos publiquen, en cumplimiento de la Ley, de forma periódica y actualizada, la información veraz cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad, referida tanto a su funcionamiento interno como a su actuación pública.
  • Derecho de acceso a la información pública. Consiste en el derecho de cualquier persona a acceder, en los términos previstos en la Ley, a los contenidos o documentos que obren en poder de cualesquiera de las personas y entidades incluidas en su ámbito de aplicación, y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
  • Derecho a obtener una resolución motivada. Consiste en el derecho de la persona solicitante a que las resoluciones que inadmitan o denieguen su solicitud de acceso a información, las que concedan el acceso parcial o a través de una modalidad distinta a la solicitada y las que permitan el acceso cuando haya habido oposición de una tercera persona interesada sean siempre motivadas.
  • Derecho al uso de la información obtenida. Consiste en el derecho a utilizar la información obtenida sin necesidad de autorización previa y sin más limitaciones que las que se deriven de esta u otras leyes.

Para más información será útil consultar:
- Consejo de TRansparencia y Datos de Andalucía
-  Transparencia internacional
- Civio

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