El establecimiento de ayudas a las víctimas del accidente ferroviario de Urda (Toledo) y de medidas para garantizar la accesibilidad equitativa a bienes y servicios en situaciones de emergencia.
- La norma moviliza 30 millones de euros para atender a las víctimas del accidente ferroviario ocurrido en Urda el 28 de octubre de 2026.
- Se destinan 15 millones a ayudas urgentes y otros 15 millones a anticipos de las indemnizaciones correspondientes al seguro de responsabilidad civil.
- En caso de fallecimiento, se prevé una ayuda directa de 72.121 euros y una cantidad equivalente como anticipo de la indemnización. Para lesiones corporales, las cuantías varían según su gravedad.
- Las ayudas serán compatibles con las indemnizaciones por responsabilidad civil y estarán exentas de tributación.
- Las bajas laborales derivadas del accidente tendrán la consideración de accidente de trabajo a efectos de la prestación económica. También se establecen reglas especiales para las pensiones de incapacidad permanente, muerte y supervivencia, cuando resulten más favorables para las personas beneficiarias.
- Se crean Oficinas de Atención Integral a las víctimas, a través de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, para facilitar la tramitación de ayudas y anticipos.
- Además, se introduce un mecanismo de limitación temporal de precios de bienes y servicios en situaciones de emergencia, aplicable, entre otros, a los transportes alternativos y al alojamiento durante la interrupción de la línea de alta velocidad Madrid-Andalucía.
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