Modifica varias normas para visibilizar, reconocer, prevenir, sancionar y erradicar la violencia vicaria. Introduce en la LO de protección integral contra la violencia de género una definición de la violencia vicaria, ampliando el elenco de víctimas. Reforma el Código Penal para tipificar este tipo de violencia como delito contra la integridad moral, castigado con pena de prisión de seis meses a tres años. Prohíbe la publicación o difusión de mensajes, textos, imágenes u otros contenidos que tengan relación directa con el delito cometido. Articula medidas de prevención, atención y reparación de las víctimas y avanza en el reconocimiento de la protección de las personas mayores de edad con discapacidad que se encuentran en relación de dependencia respecto a la víctima. Introduce en el Código Civil modificaciones sobre el régimen de guardia y custodia y el de visitas, comunicación o estancia cuando el progenitor está incurso en un proceso penal de violencia doméstica o de gén...